Las tarjetas revolving son una modalidad de tarjetas de crédito que permite a su titular disponer de una suma limitada de dinero y fraccionar en cuotas la devolución del dinero dispuesto. Al cliente le dan una tarjeta física y con ella puede hacer pagos y sacar dinero hasta el límite disponible concedido por la entidad. Una vez superado el límite no puede disponer de más dinero, no obstante a medida que devuelva la cantidad prestada recuperará el crédito disponible.
El problema de este tipo de tarjetas reside en los altísimos intereses que las entidades emisoras cobran a sus clientes (entre el 20% y el 30% normalmente), muy superiores a los de un préstamo personal. Una vez solicitadas, si se opta por devolver el capital dispuesto mediante el abono de cuotas el usuario puede quedar “atrapado” pagando unas cuotas en las cuales casi todo es interés, y eternizándose en la devolución del préstamo.
Como consecuencia el prestatario no consigue ponerse al día nunca a corto plazo en el préstamo mediante el pago de las cuotas, pagando a la larga muchísimo dinero en intereses, y prolongando la duración del préstamo mucho más de lo deseado.
Por si lo anterior fuera poco, en caso de retraso en los pagos se generan unos intereses de demora sencillamente disparatados (pueden superar incluso el 30%), a lo que se suma el hecho de que las entidades exigen el pago de una comisión por reclamación de posiciones deudoras. Al final esto hace que se supere en seguida el límite de cantidad dispuesto, y que para colmo se genere una nueva comisión por exceder éste límite.
El resultado de todo lo anterior es que a pesar de haberse solicitado inicialmente una pequeña cantidad, se acabe pagando mucho más por el prestatario, y sin visos de terminar de pagar el préstamo totalmente a corto y medio plazo.
Si eres víctima de este tipo de prácticas, RLex te ofrece la solución con su servicio RLex Revolving.
Afortunadamente el Tribunal Supremo puso coto a éstas prácticas en su Sentencia 628/2015, de 25 de noviembre. En la misma entendió que este tipo de préstamos son nulos radicalmente por usurarios. Actualmente, además de la citada sentencia del Tribunal Supremo, existe una abrumadora cantidad de sentencia en favor de los consumidores. La gran mayoría de las tarjetas revolving son impugnables con escasísimo riesgo de perder el pleito.
Las consecuencias de la declaración de nulidad del préstamo son que la entidad financiera deberá descontar las cantidades recibidas por cualquier concepto, y si las cantidades recibidas exceden el principal, deberán de abonarlas con interés al prestatario.