Ya es oficial,
este año 2026 vuelve el Fondo para Pymes, una iniciativa de la Comisión Europea implementada por la
EUIPO para que las pequeñas y medianas empresas reduzcan el coste de proteger su propiedad industrial. La ayuda se articula mediante bonos que permiten solicitar el reembolso parcial de tasas y determinados gastos vinculados al registro de marcas, diseños y patentes.
La convocatoria 2026 está abierta del 2 de febrero de 2026 al 4 de diciembre de 2026, o antes si se agota el presupuesto, porque las solicitudes se tramitan por orden de llegada.
¿Qué empresas pueden acogerse y bajo qué condiciones?
El programa está dirigido a empresas que cumplan la definición europea de pyme: menos de 250 empleados y, además, volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros o balance general anual inferior a 43 millones de euros. Asimismo, deben estar establecidas en un Estado miembro de la UE.
La solicitud puede presentarla el propietario, un empleado o un representante autorizado. Conviene preparar documentación para acreditar la empresa y recibir el reembolso. Por ejemplo, un documento bancario con titularidad e IBAN/BIC y una prueba de registro o identificación fiscal. Si actúa un representante, suele requerirse una declaración firmada.
Es importante planificar antes de registrar, ya que las tasas reembolsables deben corresponder a actividades elegibles realizadas tras la concesión del bono. Si se presenta y se paga antes, esa actuación puede quedar fuera. También hay que tener en cuenta que el fondo reembolsa una parte, pero no paga por adelantado, por lo que el coste lo deberá asumir la pyme en su totalidad de manera inicial.
¿En qué consisten las ayudas?
El Fondo 2026 se estructura en varios bonos. Para la mayoría de pymes, los más relevantes son el Bono 2, orientado a marcas y diseños y el Bono 3, orientado a patentes.
Bono 2: marcas y diseños con hasta 700 € por beneficiario
- Hasta el 75 % de reembolso de tasas para obtener protección en la UE (vía oficinas nacionales, regionales o la propia EUIPO), incluyendo solicitud, clases, examen, registro, publicación o aplazamiento de publicación.
- Hasta el 50 % de reembolso de tasas elegibles para marcas y diseños internacionales administrados por la OMPI, cuando se busca extender protección fuera de la UE.
Bono 3: patentes (con dos tramos según alcance)
- Patente nacional + búsqueda de anterioridades: reembolso del 75 % hasta un máximo de 1.000 € para tasas de búsqueda del estado de la técnica y tasas de protección nacional.
- Patente europea (OEP/EPO) + costes legales: un máximo total de 2.500 € para tasas de patente europea y costes legales vinculados a la redacción y presentación de una nueva solicitud ante la Oficina Europea de Patentes. En la parte de costes legales se exigen condiciones, como la intervención de profesionales habilitados y establecidos en la UE, y solicitud de reembolso en línea dentro de plazo.
Aunque el foco esté en registrar, muchas pymes aprovechan también el Bono 1 (IP Scan / IP Scan Enforcement), que financia un diagnóstico de propiedad intelectual y, en algunos casos, orientación si existe conflicto o riesgo de infracción, con un 90 % de reembolso hasta un máximo de 1.620 €, dentro de los límites fijados para cada oficina nacional participante. Este mapa ayuda a priorizar qué proteger primero y a detectar riesgos antes de gastar en registros.
Plazos clave: solicitud, activación y período de uso
Además de la ventana general del 2 de febrero al 4 de diciembre de 2026, el fondo funciona con plazos internos una vez concedido el bono según resumimos a continuación:
- Activación del bono (primer reembolso): en el caso de Bono 1 se realiza 6 meses desde la concesión. En el caso de los Bonos 2, 3 y 4, es 1 mes, ampliable un mes más si se solicita a tiempo.
- Período de aplicación (reembolsos adicionales tras activar): para marcas, diseños y patentes es de 6 meses, y de 12 meses en el caso de variedades vegetales.
Si no se activa el bono o no se imputan los gastos dentro del período correspondiente, se puede perder el derecho al reembolso.
Por qué es clave proteger estos activos intangibles
En una pyme, los intangibles suelen concentrar la ventaja competitiva. La marca construye confianza, el diseño diferencia y la patente blinda la innovación. Registrarlos de manera fiable aporta beneficios muy concretos:
- Defiende frente a copias y confusiones: con un derecho registrado es más fácil actuar contra imitaciones y usos indebidos.
- Facilita ventas y expansión: distribuidores, marketplaces e inversores suelen pedir evidencias de titularidad o una estrategia de protección.
- Aumenta el valor empresarial: estos derechos se pueden licenciar o aportar a alianzas, y refuerzan la valoración en rondas o acuerdos.
- Evita costes de rebranding y conflictos con terceros: descubrir tarde que tu nombre o tu diseño colisiona con un tercero puede obligarte a cambiar etiquetas, dominios, packaging y campañas.
Con estos incentivos, el Fondo para Pymes 2026 reduce barreras y anima a proteger a tiempo lo que hace única a la empresa, especialmente cuando el crecimiento y la internacionalización exigen seguridad jurídica.